Novedades en el Proceso Telemático de Escolarización

Novedades en el Proceso Telemático de Escolarización

Si quieres autorizar los datos fiscales a la hora de hacer la solicitud, no la podrás hacer por vía telemática y tendrás que hacerla vía papel cuando se reanude el proceso.

Recordamos que este proceso es para el alumnado de nuevo ingreso.

Como sabéis por anteriores informaciones, las Solicitudes para nuevos alumnos se pueden hacer por Internet (podéis recordar el proceso de la vía telemática accediendo a este enlace). ¿Qué novedad nos han transmitido desde Delegación? Pues que hay un apartado en la Solicitud que, caso de querer rellenarlo, provocará que, obligatoriamente, la Solicitud haya que entregarla físicamente en el Colegio cuando se reanude la actividad Colegial. ¿Qué apartado es? El de autorizar los datos fiscales (Declaración de la Renta). Sabéis que hay determinados niveles de Renta que pueden dar puntuación al alumno solicitante. Pero para autorizar en la Solicitud que se puedan consultar los datos fiscales de la Familia, se tiene que firmar, por los miembros de la Familia, esa autorización en ese apartado. Y por vía telemática eso no se puede hacer.

Por lo tanto, todos aquellos que quieran que esos datos fiscales sean consultados porque les pueda dar algún punto, deberán echar la Solicitud en el Colegio cuando se abran de nuevo los Colegios y se reanude el Proceso de Escolarización.

Insistimos: aunque la hayan echado por Internet, si la Familia quiere que se consulten sus datos fiscales, tienen que volver a echar la Solicitud físicamente en el Colegio. Si alguna Familia sólo la echa por Internet, la Solicitud está echada, pero el sistema entenderá que no autoriza la consulta de datos fiscales. Por tanto no obtendrá ningún punto en ese apartado (caso de que pudiera obtenerlo, lo que depende del nivel de Renta, claro).